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Consulta sobre el concepto jurídico de "servicio filatélico" del art. 11 e) de la Ley 31/2007
Fernando Jiménez Colorado hizo esta solicitud de acceso a la información a Comisión Filatélica del Estado
Esta solicitud tiene un estado desconocido. Estamos esperando a Fernando Jiménez Colorado leer las respuestas recientes y actualizar su estado.
De: Fernando Jiménez Colorado
28 junio 2012
Estimada Comisión Filatélica del Estado ,
Les escribo a propósito de una duda interpretativa del artículo
11.e) de la Ley 31/2007 sobre Procedimientos de Contratación de
Sectores Especiales. Esta letra establece que los llamados
"servicios filatélicos" se consideran servicios distintos de los
servicios postales, pero ni la esta Ley ni ninguna otra disposición
normativa ni resolución judicial o administrativa (al menos, no que
yo haya encontrado en varias bases de datos jurídicas) definen qué
se entiende por servicios filatélicos.
¿Podrían informarme de cuál es el concepto jurídico de servicio
filatélico manejado por ustedes? Específicamente, estoy interesado
en saber si dentro de este concepto se incluye la venta de sellos
por operadores del Servicio Postal Universal No Reservado que hayan
suscrito el pertinente acuerdo al efecto con Correos SA.
Muchas gracias por anticipado, reciban un atento saludo
Fco. Fernando Jiménez Colorado
De: Ferreras Llorden Aurelia
Comisión Filatélica del Estado
7 agosto 2012
Estimado señor Jiménez:
En relación con su e-mail de 28 de junio de 2012, dirigido a la Comisión
Filatélica del Estado, en el que a título particular plantea consulta
sobre el concepto jurídico de “servicio filatélico”, haciendo referencia
al “artículo 11.e) de la Ley 31/2007, sobre Procedimientos de Contratación
de Sectores Especiales”, le informo que las cuestiones planteadas,
atendiendo a lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1637/2011,
de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y
régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se
regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo
-publicado en el Boletín Oficial del Estado, núm. 284, de 25 de noviembre
de 2011-, no corresponden a la Comisión Filatélica del Estado.
Reciba un cordial saludo,
Aurelia Ferreras LLordén
Secretaria de la Comisión Filatélica del Estado
Subdirección General de Régimen Postal
Ministerio de Fomento
Paseo de la Castellana, 67 - 3ª planta
28071 Madrid
Tlfno: 0034 91 597 82 09
Fax: 0034 91 597 85 59
e-mail: [1][dirección de CFE]
De: Fernando Jiménez Colorado
[2][mailto:[dirección editada]]
Enviado el: jueves, 28 de junio de 2012 12:09
Para: Ferreras Llorden Aurelia
Asunto: solicitud Acceso a la Información - Consulta sobre el concepto
jurídico de "servicio filatélico" del art. 11 e) de la Ley 31/2007
Estimada Comisión Filatélica del Estado ,
Les escribo a propósito de una duda interpretativa del artículo
11.e) de la Ley 31/2007 sobre Procedimientos de Contratación de
Sectores Especiales. Esta letra establece que los llamados
"servicios filatélicos" se consideran servicios distintos de los
servicios postales, pero ni la esta Ley ni ninguna otra disposición
normativa ni resolución judicial o administrativa (al menos, no que
yo haya encontrado en varias bases de datos jurídicas) definen qué
se entiende por servicios filatélicos.
¿Podrían informarme de cuál es el concepto jurídico de servicio
filatélico manejado por ustedes? Específicamente, estoy interesado
en saber si dentro de este concepto se incluye la venta de sellos
por operadores del Servicio Postal Universal No Reservado que hayan
suscrito el pertinente acuerdo al efecto con Correos SA.
Muchas gracias por anticipado, reciban un atento saludo
Fco. Fernando Jiménez Colorado
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