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¿Para qué sirve el derecho de acceso a la información? (I) Cómo evitar el cierre de las escuelas rurales gracias a los datos

escuelas_big¿Cuántas decisiones toman nuestros gobernantes cada día? ¿Cuántas de ellas están basadas en análisis razonados y fieles a la realidad? ¿Cuántas, en cambio, se fundamentan en meras suposiciones o corazonadas? En España es imposible saberlo. Si un concejal dicta una norma basándose en un análisis previo, ese informe sólo se hace público en contadísimas ocasiones.  Ni siquiera el redactado actual de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, en trámite parlamentario, supone una mejora en este sentido, ya que no incluye entre los documentos susceptibles de ser analizados los informes y borradores previos a la toma de decisiones.

Bajo la Freedom Of Information Law los ciudadanos escoceses sí pueden reclamar esos informes y, lo que es mejor aún, deben recibir una respuesta -excepto en casos muy excepcionales-. Con el respaldo de la ley y gracias a su insistencia, un grupo de padres y profesores consiguió paralizar el cierre de 60 escuelas rurales. Este caso, tal y como lo narra quien fue comisionado para el acceso a la información de 2003 a 2012, Kevin Dunion, es una de las muchas pruebas concretas de la eficacia de la norma para conseguir mejoras en la comunidad.

En 2005, la Scottish Rural Schools Network (SRSN) arrancó una campaña contra la clausura de 60 escuelas rurales y pidió a las autoridades información sobre la población escolar de las zonas afectadas, la capacidad de los centros, la distancia que tendrían que recorrer los niños tras el cierre y el ahorro real que supondría para las administraciones públicas. Con los datos en la mano, la SRSN elaboró un informe alternativo en el que demostró que los cálculos oficiales eran erróneos y los cierres estaban injustificados. El gobierno escocés creó una comisión independiente para estudiar el asunto e impuso una moratoria en los cierres hasta conocer los resultados de la comisión.

Padres y profesores consiguieron frenar una decisión que les afectaba directamente pero, además, ayudaron a mejorar la transparencia de las administraciones públicas a largo plazo: a partir de entonces es obligatorio que cualquier plan de clausura de servicios públicos cuente con un estudio razonado y público que argumente la decisión, además de un proceso de consulta previo.

La victoria de la SRSN no habría sido posible sin el acceso a los datos y sin la ley que avalaba sus peticiones de acceso a la información. En España la situación es bien distinta: ¿dónde están los documentos que justifican el cierre de escuelas y ambulatorios en los pueblos? En junio de 2012, Castilla La Mancha anunciaba el cierre de unas 60 escuelas rurales. No son las únicas, también se han clausurado centros escolares en Galicia o Valencia, entre otras zonas. De hecho, las comunidades autónomas han ido elevando en los últimos años el ratio de alumnos necesarios para mantener un centro abierto. Un portavoz de Castilla La Mancha llegó a afirmar que los cierres se fundamentaban en una cuestión de calidad y no de dinero, pero nunca mostró informes o estudios que apoyaran su tesis de que la educación era de mejor calidad en los grandes colegios de las ciudades que en las pequeñas escuelas rurales.

Un caso similar se vivió con el cierre de las urgencias nocturnas en varios pueblos y ciudades de Catalunya, primero; y Castilla La Mancha, poco después, entre otras comunidades autónomas. El gobierno de María Dolores de Cospedal decretó la clausura de 21 puntos que ofrecían atención sanitaria durante la noche en distintos pueblos de Castilla La Mancha. Ante las protestas y, sobre todo, las resoluciones judiciales que tumbaron la decisión, el gobierno manchego tuvo que dar marcha atrás. Eso sí, ya ha anunciado que prepara un nuevo plan de cierres.

Durante el debate sobre el cierre de los ambulatorios, el ejecutivo autonómico aseguró que los pacientes afectados sólo deberían desplazarse unos kilómetros para ser atendidos en otro centro. Nunca mostró de dónde sacó esos datos. Una comprobación práctica demostró que esos pocos kilómetros rondaban los 40 y que el recorrido podía llegar a durar más de 40 minutos.

Con los datos en la mano, los numerosos ciudadanos que han protestado contra estas decisiones en España podrían intentar demostrar, como pasó en Escocia, si los gobiernos se equivocan al decretar todos estos cierres. Pero España no es Escocia.

Escrito el 13 mayo 2013 por Eva Belmonte



¿Solicita información sobre el sistema sanitario? Acomódese en la sala de espera

la Ribera

Imagen: RiberaExpress.es / Sala de espera del Hospital Universitario de La Ribera, en Alzira

El copago, el viraje hacia una gestión privada de la salud, la sostenibilidad del sistema sanitario, las competencias autonómicas,… El estado de la Sanidad en España preocupa y la información que trasladan los medios resulta con frecuencia contradictoria. Un chequeo de las respuestas obtenidas a través de Tuderechoasaber.es nos lleva directamente a la dolencia: las administraciones con competencias sobre el sistema de salud no están satisfaciendo las necesidades de información directa de los ciudadanos.

Entra dentro de toda normalidad que usted quiera contrastar por sí mismo los datos que respaldan una afirmación tajante como “El gasto en Sanidad se duplica desde que se transfirió a las CCAA. Tras la entrega de la sanidad a las comunidades autónomas en 2002, los españoles pagamos 50.265 millones más al año por este concepto”. En abril de 2012 Luis se dirigió al Ministerio de Sanidad preguntando sobre esta cuestión. “¿Qué parte de este sobrecoste se debe al capítulo de “Personal”? ¿Y a la “designación de cargos de responsabilidad?” Sus pesquisas se toparon con el silencio administrativo y un año después no ha recibido respuesta.

Quizá el 20 de abril de 2012 sintonizase usted la rueda de prensa de Ana Mato, ministra de Sanidad, y escuchase que “700.000 extranjeros usaron indebidamente servicios 
sanitarios en 2009”. Puede  que le intrigase el dato sobre el que se apoya esa afirmación. Antonio decidió preguntar al propio ministerio sobre el uso de servicios sanitarios en España por parte de extranjeros. El Gabinete Técnico Secretaría General de Sanidad le contestó que el dato procedía del “ Informe de Fiscalización de la Gestión de las
Prestaciones de Asistencia Sanitaria derivadas de la aplicación de los
Reglamentos Comunitarios y Convenios Internacionales de la Seguridad
 Social, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 
29 de marzo de 2012”. No le facilitaron ningún enlace pero pudo consultar dicho informe en la web del Tribunal de Cuentas. Su lectura permite hacer unas cuantas precisiones sobre las cifras mencionadas.

 

Hacia una gestión privada sin informar al ciudadano

Si existen datos que justifiquen la privatización parcial del sistema de salud, las administraciones no los usan para tranquilizar a los ciudadanos. Danielle solicitó a la Comunidad de Madrid los “estudios, documentos o evaluaciones
 previas” en que se basa la medida número 1 del “Plan de garantía de la sostenibilidad del sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid”, que contempla la “externalización de la actividad
 sanitaria en 6 hospitales, utilizando el modelo de concesión“.
 El plan señala:

 “Se ha comprobado que el modelo de concesión es más eficiente, da buenos 
resultados clínicos y alta satisfacción a los pacientes. 
De media, el coste total de la asistencia sanitaria especializada de la 
población de los hospitales de gestión mixta es de unos 600 euros por
 habitante, mientras que en los hospitales con modelo capitativo más
recientes, este coste medio anual es de 441 euros”.



Danielle no pudo obtener la información que requería para contrastar los datos. Algunas informaciones señalaron que este cálculo estaba inflado: “en febrero de 2011, el consejero Javier Fernández Lasquetty situaba ese coste per capita en 428 euros. Un salto de 128 euros y un 40% en los hospitales mixtos en algo más de un año hasta en un 40%.”

A escala autonómica, la falta de respuesta es similar. Teresa Villodres escribió a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía para conocer qué tipo de gestión específica –pública o privada- tienen los hospitales andaluces y, en caso de ser privados, qué empresas los gestionan. Tras dirigir a Teresa a dos enlaces que no aportaban ninguna respuesta, la Consejería lamentó no disponer de la información, recomendandodirigirse a otros organismos competentes, en este caso al área de prensa”.

Tampoco la Consellería de Sanidad de la Comunidad Valenciana contestó a un ciudadano que en mayo de 2012 quiso conocer detalles sobre la implantación de un modelo mixto de gestión sanitaria público/privada en Valencia.

 

¿Para qué quiere usted esta información?
En el caso de una solicitud sobre las estadísticas de ingresos y altas en Urgencias de todos los hospitales públicos de Navarra, el ciudadano fue dirigido al formulario del área de atención ciudadana del Gobierno Foral que, como hemos censurado anteriormente en este blog, pide identificador electrónico y es claramente restrictivo (más sobre los formularios como barrera). Tampoco a Carlos le ha sido posible conocer las estadísticas básicas de atención sanitaria en la Región de Murcia. El gobierno autonómico no pudo facilitarle la información y el Ministerio de Sanidad ignoró su solicitud.
El 9 de marzo de 2013, Íñigo Espert escribió a la Comunidad de Madrid para conocer “la ejecución presupuestaria detallada del servicio madrileño de salud para los ejercicios 2010, 2011 y 2012. 
Necesitaría los datos desglosados por conceptos y subconceptos.
 No me ha sido posible encontrarla en la página web de la Comunidad
 de Madrid”. La Dirección General de Gestión Económica de 
Consejería de Sanidad le respondió que debía formular su solitcitud de información “por escrito” y “especificando para qué quiere dichos datos”. Íñigo lo hizo, dejando antes patente su desacuerdo. No nos consta que recibiese la información.

 

Un caso satisfactorio: las prótesis de pecho fraudulentas

Hace pocos días que arrancó en Francia el macrojuicio contra el fabricante de las prótesis mamarias PIP, que usó un gel no homologado cuyas consecuencias –infecciones, roturas, dolores,…- pueden afectar a 18.500 españolas, según estimaciones de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) citadas por El País. El 4,2% de ellas, operadas en la sanidad pública. 

Una ciudadana se dirigió al Ministerio de Sanidad para conocer quién es el responsable de la homologación de las prótesis de pecho fraudulentas PIP para el mercado español.  La 
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ofreció una completa respuesta explicando que, debido a la regulación europea armonizada, la certificación de estas prótesis la otorgó un organismo designado por la autoridades alemanas:

Los productos sanitarios, por tanto, no están sometidos a evaluación ni autorización de comercialización por las autoridades sanitarias nacionales de los diferentes Estados Miembros y circulan libremente en el territorio comunitario siempre que vayan provistos del marcado CE. Los Estados Miembros no pueden impedir en su territorio, la comercialización ni la puesta en servicio de los productos que ostentan el marcado CE, a menos que se demuestre que presentan riesgos para la salud. Esto fue lo que ocurrió en el momento en que las autoridades francesas comunicaron al resto de países los problemas con estas prótesis”. (Leer el resto de la respuesta).

Hoy conocemos que España pronto contará con un registro de prótesis y otro tipo de productos sanitarios sensibles que facilitará el control de esta clase de incidencias.

Escrito el 23 abril 2013 por Javier de Vega



Los formularios, otra barrera a las solicitudes de información

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¿Por qué no es recomendable usar formularios?

En primer lugar porque los estándares internacionales, entre otros el Convenio del Consejo de Europa sobre Access a Documentos Públicos, establecen que para solicitar información solo habrá que indicar la información que sea necesaria para poder contestar a la solicitud, y cuando se habla de identificación se pide simplemente un nombre para poder dirigirse al solicitante.

En el caso de los formularios, la gran mayoría exige mucha información, incluyendo el DNI. El peor de los ejemplos es sin duda Navarra que para solicitar información por vía electrónica exige un DNIe o certificado digital para acceder y a continuación datos como la dirección postal, el teléfono y el DNI. Esto es una interpretación muy extrema del artículo de la ley que indica que el solicitante debe identificarse y que va en contra de los estándares internacionales de acceso a la información (ver post sobre Navarra en tuderechoasaber.es).

En segundo lugar porque solicitar información debería ser algo rápido y sencillo, y todo trámite que se añada en el proceso de solicitud es un obstáculo innecesario que hace que mucha gente no realice sus solicitudes, haciendo así que la ley de transparencia pierda su eficacia. Tener que introducir todos los datos, sobre todo un el número de DNI, frena a mucha gente a la hora de solicitar información.

En tercer lugar porque el email es el medio de comunicación que usamos todos en nuestro día a día para comunicarnos, en nuestras relaciones laborales o personales. La administración debe adaptase a los nuevos medios. Por último, uno de los lemas de las políticas de gobierno abierto es que la administración tiene que estar donde estén los ciudadanos. Los ciudadanos usan el correo electrónico para comunicarse; los formularios en cambio distancian a la administración de los ciudadanos, al no saber éstos a quién se están dirigiendo, ni quién es la persona encargada de su solicitud, ambos también objetivos de las políticas de gobierno abierto que España y muchos otros países dicen estar implementando.

 

Algunos ejemplos recientes de malas prácticas:

 

La Comunidad de Madrid remite a un formulario, a un escrito y pide conocer para qué se pide una información sobre la ejecución presupuestaria del servicio madrileño de Salud. Todo trabas.

El Gobierno de Cantabria reclama identificación electrónica a un ciudadano que pide una copia del contrato público con una empresa para gestionar la incineradora.

 

¿Qué se hace en otros países?

Hemos realizado una encuesta en FOIAnet, la red mundial de expertos de acceso a la información, y hemos conocido la realidad en 13 países, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Estados Unidos, Georgia, Hungría, Italia, Jordania, Reino Unido, Rumanía, Ucrania y Uruguay. De esos 13 países solo 4 obligan a los solicitantes a enviar sus solicitudes vía formulario, Brasil, Chile, Georgia y Uruguay. Georgia ya ha aprobado una ley para poder enviar solicitudes vía email que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2013.

Al preguntarles a expertos de estos y del resto de países todos se manifiestan claramente en contra del uso de formularios por diversas razones:

  • Porque los formularios obligan a incluir información innecesaria.
  • Porque antes de que la ley impusiera el uso de formularios, solicitar información era más sencillo.
  • Porque no se puede hacer un seguimiento ni responder a la persona responsable.
  • Porque en cualquier caso en aras de un mejor reconocimiento del derecho de acceso a la información lo mejor sería tener el mayor número de opciones para realizar solicitudes.

España está en estos momentos debatiendo su ley de transparencia, entre todas las recomendaciones para conseguir una ley eficiente y moderna, añadimos la de no usar formularios que exijan información innecesaria.

Escrito el 16 abril 2013 por Victoria Anderica



¿Será la ley de transparencia igual para todos?

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Según las últimas informaciones, la Casa del Rey estará incluida dentro de la Ley de Transparencia, aunque con algunas particularidades (que aún no conocemos). Es una buena noticia, aunque en realidad debería haber sido así desde el principio. Primero, porque el Rey es el Jefe de Estado. Segundo, porque la Casa Real desarrolla una función pública que, además, está financiada en su totalidad con dinero público.

Gregorio Peces Barba, jurista de prestigio y uno de los ponentes del proceso de creación de la constitución decía hace un año en unas declaraciones a El País que “ no tiene ningún sentido ni hay razones jurídicas para excluir a la Casa del Rey de la Ley de Transparencia”. Sin embargo,  Alfonso Alonso, portavoz del PP en el Congreso, defendía que la Casa del Rey “se sitúa por encima” de otras instituciones y de los ciudadanos.

Es cierto que la figura del Rey tiene algunas peculiaridades y que ciertos documentos no deben ser publicados por su contenido confidencial, pero eso no es un problema para una ley de transparencia que incluye excepciones para tal efecto. De hecho, el Convenio del Consejo de Europa sobre Acceso a Documentos Públicos prevé un límite excepcional para aquellos países que consideren necesario lindar el acceso a ciertas comunicaciones entre instituciones públicas y la jefatura de estado (excepción aplicable siempre tras realizar una prueba de interés público).

 

La casa real más opaca de su entorno

En otros países europeos que cuentan con monarquías parlamentarias se han buscado soluciones para adaptar el funcionamiento de sus monarquías a las dinámicas propias de un estado democrático moderno. Las casas reales y los monarcas de las naciones de nuestro entorno son, de facto, mucho más transparentes que la Casa Real Española, respondiendo incluso a solicitudes de información como es el caso de la Casa Real Sueca (podéis consultarlo en el informe anual de la Casa Real Sueca).

En estos países se puede solicitar información sobre la monarquía a cualquier institución pública y las propias casas reales cuentan en sus páginas webs con información muy detallada sobre su patrimonio, su presupuesto y su gasto, su agenda y otros detalles sobre su funcionamiento. Cualquiera puede comparar el apartado de transparencia de la página web de la monarquía británica (que publica incluso lo que se gasta en bebidas espirituosas) con el de la española.

En cualquier caso, como decíamos, esta es una buena noticia y ojalá tenga un efecto contagio sobre otras instituciones que a día de hoy están total o parcialmente excluidas de la ley (poder legislativo, poder judicial, partidos políticos, sindicatos, patronal, Congreso de los Diputados…). Esta decisión se toma en un momento en el que la Familia Real se encuentra inmersa de una creciente desconfianza y desapego por parte de la sociedad. En este contexto han decidido que la transparencia es el primer paso para recuperar esa confianza, otra lección que todas las instituciones deben aprender y aplicar.

Debemos esperar a ver cómo se plasma esta decisión en la ley para analizar los detalles y comprobar que este gesto no es solo estético. Pero sobre todo hay que recordar que el hecho de que la Casa Real no estuviera incluida en la ley era el menor de los problemas de la futura ley de transparencia.

Desde la sociedad civil hace mucho tiempo que se piden cambios importantes para que esta ley no quede obsoleta nada más nacer. Entre las mejoras que siguen pendientes para conseguir una ley en línea con los estándares internacionales encontramos: el reconocimiento del derecho de acceso a la información como un derecho fundamental, un mayor alcance en su aplicación (el artículo 2 excluye muchas más instituciones y el artículo 15 muchos tipos de información como notas, borradores, informes internos…) y un organismo de revisión independiente.

Ahora que la ley de transparencia afronta su tramitación en el Congreso es necesario estar atentos a su evolución y, sobre todo, seguir insistiendo para que nuestros parlamentarios integren los cambios que la sociedad civil y los expertos nacionales e internacionales llevan proponiendo desde que se conoció el texto.

[Artículo publicado en Eldiario.es]

Escrito el 8 abril 2013 por Victoria Anderica



El registro de actividad como senador de Bárcenas, casi un secreto de estado

barcenasEl Senado ha respondido a una petición de información formulada el pasado 25 de marzo, en el que Luis A. Morales reclamaba la declaración de actividades de Luis Bárcenas, ya que el extesorero del PP fue senador en la IX legislatura hasta el 19 de abril de 2010, cuando renunció al escaño tras el levantamiento del secreto de sumario en la trama madrileña del caso Gürtel en la que estaba implicado. Eso sí, la cámara ha respondido para negarse a facilitar esa información de forma pública.

El único camino posible para acceder a la declaración de Bárcenas -en la que deberían figurar sus responsabilidades empresariales y públicas previas y simultáneas al ejercicio de su cargo- es a través de un proceso lleno de trabas que culmina en lo que se conoce como un “procedimiento de exhibición personal”. El interesado debe razonar su interés en conocer estos datos -una norma totalmente contraria a los estándares internacionales de derecho de acceso a la información, que insisten en que no debe ser necesario argumentar la razón de la petición- y, si la Mesa del Senado lo autoriza, podrá ver el documento ante la presencia de un funcionario y tomar notas, pero nunca realizar fotocopias o imágenes, por ejemplo.

Este sería el procedimiento a seguir para cualquier ciudadano interesado en conocer la declaración de actividades de un senador o diputado que ya no esté en activo, ya que la página web del Senado sí recoge los documentos relativos a los representantes públicos durante su mandato. Una vez finalizada la legislatura, desaparecen y son sustituidos por los nuevos ocupantes de los escaños de ambas cámaras.

La Dirección de Asistencia Técnica-Parlamentaria del Senado se acoge al apartado 4 de un acuerdo de las mesas de ambas cámaras fechado en 2009 en el que se fijó que, una vez finalizado su mandato, los registros de actividades de diputados y senadores dejan de ser públicos. Además, la respuesta de este organismo añade que tampoco puede facilitar la declaración de bienes de Bárcenas, ya que este tipo de documentos se publican sólo desde el 22 de julio de 2011 y el de el ex senador es anterior a esa fecha.

Además de revelar la falta de transparencia del Gobierno, llegando al extremo de ocultar documentos que fueron públicos con anterioridad, esta solicitud de información revela otro problema de las administraciones públicas españolas con respecto al acceso a la información: la arbitrariedad. Mientras no exista una Ley de Transparencia que exija a todos los organismos dar respuesta a estas peticiones, recibir una contestación o no dependerá, en mucho, del funcionario encargado de la gestión. La muestra es que otra solicitud de información exactamente igual a la de Luis A. Morales, formulada por David Cabo el 31 de enero de este año, sigue pendiente de respuesta.

Escrito el 4 abril 2013 por Eva Belmonte



Campañas

En algunos casos, organizaciones o grupos de personas se alían para intentar acceder a una información. Otras, un sólo ciudadano es capaz de emprender su lucha particular. Estas son nuestras campañas.

Escrito el 3 abril 2013 por Eva Belmonte



Defensa responde que Arturo Fernández estaba al corriente de sus pagos a la Seguridad Social cuando recibió el contrato

arturo_900El Ministerio de Defensa ha respondido a una petición de información registrada el pasado 2 de marzo en Tu Derecho a Saber en la que una ciudadana, Paloma Mingo, preguntaba sobre la adjudicación de un contrato público a Grupo Cantoblanco, propiedad de Arturo Fernández. En concreto, quería saber si dicha empresa tenía deudas con la Seguridad Social, tal y como publicaron algunos medios en enero, lo que habría impedido la adjudicación.  Según el departamento dirigido por Pedro Morenés, la sociedad del vicepresidente de la CEOE aportó “la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social” justo antes de la adjudicación del contrato público.

Así, como indica la respuesta de Defensa, en la tramitación de la licitación se dio cumplimiento al requerimiento efectuado por el órgano de contratación, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, al amparo del artículo 151.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que marca la obligatoriedad de demostrar estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social para poder resultar adjudicatario de un contrato público.

Poco después de que se hicieran públicas las deudas del empresario, el BOE publicó la formalización de un contrato para el servicio de hostelería en la Residencia Jorge Juan de Alicante, dependiente del Ministerio de Defensa. En total, el montante para esta adjudicación sumaba 3.643.200 euros. Pocos días después de que se hiciera público, Paloma Mingo preguntó por este asunto al Ministerio, que ahora ha respondido. La razón más plausible de que apareciera con los pagos al corriente es que pactara un aplazamiento de pagos con el organismo, como apuntó eldiario.es.

Muchos se preguntaron entonces cómo era posible que recibiera el contrato. Paloma Mingo lo preguntó. Y ahora ha obtenido una respuesta.

Escrito el 25 marzo 2013 por Eva Belmonte



Transparencia: España 0-4 Ruanda

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Imagen exterior del Parlamento de Ruanda.

El 11 de marzo entró en vigor la ley de acceso a la información de Ruanda con su publicación en el boletín oficial del país africano. Aunque no es una norma perfecta (“no establece de forma clara las medidas de recurso y de sanción”, por ejemplo, como destaca Victoria Anderica, investigadora Legal y Coordinadora de Campañas de Access Info), no sólo ha adelantado a la ley de transparencia española, sino que supera por goleada al redactado del proyecto de ley que se está tramitando en el Congreso.

 

Todas las administraciones vs. unas pocas

La primera de las muchas diferencias entre ambos textos está en el ámbito de aplicación. ¿Qué organismos públicos están obligados a cumplir los preceptos de transparencia que marque la ley?

En el caso español: la Administración General del Estado, comunidades autónomas, administración local, agencias y entidades públicas, fundaciones y sociedades mercantiles con capital social cuya participación pública supere el 50%. El Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, así como el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas sólo serán objeto de esta ley en relación con sus actividades sujetas a Derecho administrativo. Este baremo deja fuera, como se denunció en la campaña que lanzaron en enero Access Info y Civio, a los partidos políticos, así como a sindicatos, organizaciones empresariales o la Casa Real, entre otros.

¿Y en Ruanda? Su recién estrenada ley es mucho más simple: afecta a todas las instituciones públicas establecidas en la Constitución o financiadas con dinero público. Sí, todas. 0-1 para Ruanda.

 

Algunos organismos privados vs. ninguno

Los ruandeses, además, han llevado su norma más allá del ámbito estrictamente público. Deberán responder a las peticiones de información los organismos privados cuyas actividades estén relacionadas con “el interés público, los derechos humanos o las libertades”. (“Private organs to which this Law applies are those whose activities are in connection with public interest, human rights and freedoms”). “Esto es un gran avance con respecto a la leyes existentes, es ser pionero en un asunto que afecta a todos los países por igual y establece una buena práctica que esperemos sea replicada”, argumenta Anderica. En España, por el momento, de eso ni hablamos. 0-2.

 

Informes y borradores vs. opacidad en el proceso

Una de las carencias más criticadas del actual redactado de ley de transparencia es su artículo 15, que señala que no se admitirán peticiones de información “que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas”. Es decir, excluye de la ley buena parte de los materiales con los que trabajan las administraciones para la toma de decisiones o el redactado de textos normativos.

En la nueva ley de Ruanda, es información susceptible de ser reclamada por la ciudadanía, además de la relativa a hechos ya probados, la relacionada con decisiones, los informes en los que se basan, las asesorías, las notas vinculadas y, en general, todos los datos que tienen que ver con el proceso de toma de decisiones de las administraciones públicas. 0-3.

Ley de protección de datos vs. interés público

La lista de excepciones al derecho de acceso la información es bien distinta en cada uno de los casos. En España, además de la estricta ley de protección de datos, una solicitud de información puede verse frenada por seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, propiedad intelectual, seguridad pública, en casos de procesos judiciales, intereses económicos y comerciales (en general, sin especificar en el redactado), la política económica y monetaria o “la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión”, entre otros. Los ‘no’ de Ruanda son menos numerosos y, sobre todo, mucho menos amplios: se podrá denegar una petición en procesos judiciales, si impide la aplicación de la ley o la justicia,  si puede desestabilizar la seguridad nacional, en el caso de que viole la propiedad intelectual o para defender la privacidad. Eso sí, aclara que esa privacidad pasará a un segundo plano si la información requerida es de interés público. Y, ¿qué significa interés publico? Además de todos aquellos asuntos que afecten de manera directa a la ciudadanía, incluye aquella información que sea capaz de promover un debate público consistente (“promote founded public debate”). La ley española, en cambio, no concreta el ámbito del interés público.

La recién estrenada ley de acceso a la información de Ruanda se basa, además de en su propia Constitución, en el artículo 19 de la declaración universal de los Derechos Humanos, que vincula la libertad de expresión con el derecho a recibir información. El proyecto a debate en el Congreso alude, en exclusiva, en la Constitución Española.

 

Escrito el 20 marzo 2013 por Eva Belmonte



Tras la campaña #PreguntaCongreso exigimos conocer el futuro de la Ley de Transparencia

twitter

El miércoles 13 de marzo de 2013 las organizaciones Access Info Europe, Civio y Qué Hacen los Diputados lanzaron una campaña de Twitter con el objetivo de conseguir información sobre el estado del proyecto de ley de transparencia. La norma se encuentra en tramitación desde hace más de siete meses en el Congreso y apenas existe información sobre la misma. Desde Access Info, Civio y Qué Hacen pedimos que la Comisión Constitucional publique un calendario detallado de los siguientes pasos, ya que la ciudadanía sigue sin tener información clara sobre el futuro de la ley de transparencia.

 De hecho, dos días después del arranque de la campaña se conocieron los nombres de los participantes en la próxima ronda de comparecencias, programada para el miércoles 20 de marzo. El director de Civio, David Cabo, fue invitado a participar el viernes 15 de marzo. El aviso, con tan poca antelación, no ha permitido a Cabo asistir al Parlamento ya que estará participando en el Freedom of Information Symposium que tiene lugar en Río de Janeiro.

 Aunque a las comparecencias asistirá una de las miembros de la Coalición Pro Acceso, Elisa de la Nuez, el Congreso no ha convocado a la propia Coalición Pro Acceso, formada por más de 65 organizaciones, que en caso de ser convocada eligiría democráticamente quién le representaría. Creemos imprescindible que las expertas con más experiencia en la materia, como Helen Darbishire, directora de Access Info Europe (propuesta por dos grupos parlamentarios) y Victoria Anderica, coordinadora de campañas de la misma organización (propuesta con los votos de tres grupos) hagan sus aportaciones a la Ley de Transparencia.

Esta es la información que debería ser publicada para asegurar una verdadera transparencia en la tramitación de esta y de cualquier ley que esté siendo debatida en el Congreso:

  • El calendario con las fechas de las comparecencias de expertos pendientes de celebrarse y las fechas de las votaciones.
  • La lista de los expertos que van a comparecer en el Congreso.
  • La publicación de las enmiendas de los grupos parlamentarios.

 

Iniciativa #PreguntaCongreso

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La iniciativa consistió en movilizar a los usuarios de Twitter para preguntar directamente al Congreso (@Congreso_es) y a los diputados “¿Dónde está la Ley de Transparencia?”, usando el hashtag #PreguntaCongreso. Desde el miércoles y hasta el viernes, casi 6.000 tuits incluyeron la etiqueta de la campaña, según datos extraídos con Hootsuite.

De los 350 diputados que hay en el Congreso, sólo tres se pronunciaron a través de Twitter. Joan Josep Nuet, de ICV-EUiA, prometió que daría los nombres de los próximos comparecientes y lo tuiteó cuando se publicaron en la agenda del Congreso. El diputado de AMAIUR, Rafael Larreina contestó que su grupo ha presentado enmienda a la totalidad del proyecto, además de informar de que: “Acabó plazo de enmiendas de totalidad, ahora habrá que debatirlas en Comisión”.

Al hilo de esta afirmación, Larreina ha publicado un artículo en Sesión de control titulado “Opaca transparencia” en el que profundiza en su crítica del texto actual y reclama una severa revisión del proyecto. Pedro Quevedo, diputado por Nueva Canarias, respondió: “Si la Ley, como me temo, es un enjuague, no la apoyaré”.

 

Repercusión de la campaña en medios:

La 2 Noticias informó sobre la campaña #PreguntaCongreso y profundizó en la labor por la transparencia que realizan organizaciones ciudadanas como Access Info Europe, la Fundación Civio y Graba Tu Pleno. Vídeo (a partir del miin.12.28): http://www.rtve.es/alacarta/videos/la-2-noticias/2-noticias-13-03-13/1719560/.

 Periodismo Ciudadano (¿Qué pasó con la Ley de Transparencia en España?)

 El Confidencial (Lanzan una campaña en Twitter para saber “dónde está la Ley de Transparencia”)

 Infolibre (Una iniciativa popular pide a través de Twitter conocer el estado de la futura Ley de Transparencia)

 Terra (Lanzan una campaña en Twitter para saber “dónde está la Ley de Transparencia”)

 

Apoyos destacados:

Periodistas como Ana Pastor (CNN), Juan Luis Sánchez (eldiario.es) y Borja Bergareche (ABC) también tuitearon su pregunta al Congreso. Otros, como María Fabra (El País) y Daniel Montero (Interviú) animaron a los diputados a poner en práctica los valores de la transparencia.

 Personas con notoria visibilidad en la redes sociales, como Antoni Gutiérrez Rubí, Javier de la Cueva o Stéphane Grueso, o empresas periodísticas como Información Sensible o Media 140.

Organizaciones como la Asociación de la Prensa de Madrid, Amnistía Internacional, APRI (asociación que representa al colectivo de lobbistas de España), EQUO Cadiz, Red Equo Joven, EQUO Madrid, la plataforma Goteo, Graba tu pleno, CIECODE y Proyecto Avizor, Cibervoluntarios, Cuentas Claras, la Confederación de Consumidores y Usuarios-CECU, Govern Obert, Democracia Real YA, ColaBoraBora, el Observatorio RSC, el Col·legi Oficial de Bibliotecaris i Documentalistes de la Comunitat Valenciana, el Partido Pirata de Madrid, Platoniq entre otras.

 Además, Change.org envió un correo electrónico a las más de 175.000 personas que habían pedido que se incluyera a los partidos políticos en la futura Ley de Transparencia, invitando a que quien lo deseara enviara un tuit.

Escrito el 19 marzo 2013 por Eva Belmonte



Access Info y Global Detention Project inician una campaña para reclamar transparencia sobre la retención de inmigrantes

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[ARTÍCULO PUBLICADO POR LA PERIODISTA LALI SANDIUMENGE EN GUERREROS DEL TECLADO]
¿Cuántas instalaciones para retener a inmigrantes sin papeles existen? ¿Dónde están? ¿Cómo se las denomina? ¿Cuántas personas se detuvieron a lo largo de los últimos tres años por cuestiones relacionadas con la inmigración? ¿Cuántas de ellas eran menores? ¿Cuántas eran solicitantes de asilo? Estos son algunos de los datos que las organizaciones Access Info Europe y Global Detention Project pidieron entre ayer y hoy a los gobiernos de un total de 33 países, los 27 miembros de la Unión Europea más Canadá, Islandia, Noruega, Rusia, Suiza y Estados Unidos. El propósito de la campaña es doble, según explica Lydia Medland, investigadora y coordinadora de campañas en Access Info: construir una imagen real y comparativa de la situación y valorar la transparencia con la que los gobiernos desvelan el enigma de los CIE, como se llaman en España a los Centros de Internamiento de Extranjeros. En el territorio español hay siete en funcionamiento, tras el cierre del de Fuerteventura y el de Málaga. Lo que no se sabe con exactitud es cuántas personas han pasado por ahí y cuantas han sido devueltas a sus países de origen, además de otros muchos datos.

La campaña lanzada conjuntamente por ambas organizaciones parte de la base de que la transparencia es aún más necesaria cuando lo que hay en juego son los derechos humanos. “Los internamientos relacionados con la inmigración son de especial importancia, ya que están derivando en una violación generalizada de los derechos en Europa”, alerta Medland. Michael Flynn, fundador del Global Detention Project, que forma parte del programa para el estudio de la Migración Global del Graduate Institute de Ginebra, recuerda a su vez que “la retención de inmigrantes se ha convertido en una herramienta clave usada por los estados para controlar la migración”. Sin embargo, el secretismo administrativo suele ser la norma en algunos países: no está claro cuántos centros de retención existen en el continente europeo ni a cuántas personas albergan ni en qué condiciones. Sí se sabe, en cambio, que las legislaciones varían de un sitio a otro, y que algunos ordenamientos jurídicos no tienen normas claras, lo que según ambas organizaciones causa indefensión en los retenidos (privación de libertad, ausencia de limitación del encierro y/o escasas posibilidades de impugnar su retención ante los tribunales).

Aunque el Global Detention Project está construyendo desde el año 2006 una base de datos en la que recopila el número, crecimiento y tipología de las instalaciones de detención, así como mucha información relacionada, queda mucho por saber. “El motivo de la campaña es precisamente la falta de información verificable”, explica Lydia Medland. ”Es difícil tener una visión global de lo que está pasando en Europa”.

La web del Global Detention Project dedica un apartado a cada país, con la información que ha podido recoger, proceda de la propia administración (a menudo vía preguntas parlamentarias) o, en muchos casos, de la sociedad civil, organizaciones de derechos humanos, testigos o noticias de prensa  Ese es precisamente lo que pasa en España, según subraya el Global Detention Project, que ha actualizado recientemente la situación en el país: “La opacidad de las detenciones de inmigrantes en España se evidencia por la ausencia de datos públicos sobre las operaciones de detención y el débil control parlamentario.”

De las estadísticas que ha conseguido, se puede deducir que el promedio anual de personas extranjeras expulsadas y devueltas a sus países de origen ronda la mitad de las detenidas en los CIE, al menos eso es lo que pasó en 2009 y 2011 (6.825 de un total de 13.241 en 2011 y 8.935 de 16.590 en 2009). Un pico llama la atención, el que se produjo entre diciembre de 2011 y marzo de 2012, cuando cerca de 4.000 personas fueron encerradas en los nueve CIE en funcionamiento en ese momento (Algeciras, Barcelona, Madrid, Málaga, Murcia, Valencia, Las Palmas, Tenerife y Fuerteventura) y hasta 2.357 fueron expulsadas de España.

La campaña tiene como objetivo llevar a cabo un estudio comparativo sobre los distintos regímenes de detención y obtener información que pueda proporcionar pruebas a las víctimas y a los defensores de derechos humanos y promover el debate público y transparente sobre esta cuestión. “Es sumamente importante para la sociedad civil estar al corriente sobre dónde están siendo retenidos -y en qué condiciones- los inmigrantes y demandantes de asilo”, opina Flynn en el comunicado de lanzamiento de la investigación.

Las preguntas, articuladas en dos solicitudes de información sencillas y claras, se han enviado a las autoridades competentes vía email, a través de formularios públicos online o utilizando herramientas ciudadanas digitales especialmente diseñadas para promover la transparencia y el acceso a la información pública. Este es el caso, por ejemplo, de la petición que Lydia Medland ha enviado a la Agencia de Fronteras del Reino Unidos vía What do they know.  En el caso español, se ha preguntado al ministerio del Interior a través de Tu derecho a saber.

La campaña pretende también poner a prueba el nivel de transparencia que existe en las políticas de control de la inmigración y desvelar hasta qué punto la opacidad forma parte integrante de sus mecanismos. “Veremos hasta qué nivel contestan a las preguntas”, afirman desde Access Info. El período medio de respuesta administrativa en Europa es de alrededor de 15 días. Este es el plazo que la organización considera razonable. Más allá de un mes, afirma Medland, “no sería justificable”.

La mayoría de países preguntados cuentan con leyes que garantizan el derecho de acceso a la información pública y, por tanto, tienen la obligación de contestar. No es el caso, sin embargo, de Chipre, Luxemburgo y, también, España, cuya primera y muy polémica y criticada ley de transparencia se está debatiendo desde hace meses en el Congreso con opacidad, según denuncian Access Info Europe y dos plataformas españolas que trabajan para erradicar el secretismo de la administración, Fundación Civio y Qué hacen los diputados.

Solicitud de información sobre retención de inmigrantes menores de edad Solicitud sobre la retención de inmigrantes en España

 

Escrito el 15 marzo 2013 por admin